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  • Entra en vigor una nueva normativa para los patinetes eléctricos

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    Los nuevos patinetes eléctricos ya están obligados a tener un certificado de Tráfico para poder circular

    Los que hayan sido vendidos con anterioridad al 22 de enero de 2024 disponen de una moratoria de uso hasta el 2027

    Los patinetes eléctricos que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 deberán disponer de un certificado Vehículo Movilidad Personal de la Dirección General de Tráfico para poder circular, ha destacado Facua en los últimos días.

    Asimismo se indica que el proceso de certificación de Vehículo Movilidad Personal permite que el titular de la marca o su representante autorizado obtengan un número de certificado que garantice que el modelo de vehículo cumple con requisitos para poder acogerse a esta categoría de vehículo. Esta nueva certificación de Vehículo Movilidad Personal obliga al titular de la marca o su representante a inscribir el número de certificado en cada vehículo para ese modelo y versión. Para poder solicitar la certificación de tipo de un Vehículo Movilidad Personal, los fabricantes o representantes autorizados deberán estar previamente registrados en el registro de marcas/fabricantes de Vehículo Movilidad Personal de Tráfico.

    El posible proceso de certificación extraordinario de un VMP sin certificado podrá ser solicitado por parte de su propietario a través de un laboratorio autorizado aportando el vehículo y la información técnica que posea del mismo, a ser posible la ficha reducida de características técnicas y el manual del usuario, con el objetivo de realizar los ensayos correspondientes.

    Por norma general, los patinetes eléctricos y el resto de Vehículos de Movilidad Personal deben estar conducidos por una sola persona; deben circular por carriles bici o por la calzada, y su circulación está prohibida tanto por aceras y zonas peatonales como en travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías; Las personas usuarias deben obedecer todas las normas de circulación y que está prohibido el uso de auriculares o de teléfonos móviles mientras se circula en ellos.

     

    Características oficiales de los Vehículos Movilidad Personal

    Velocidad:  Velocidad máxima de 25 km/h. Deberán tener de sistemas antimanipulación, tanto para la velocidad como para la potencia.

    Visibilidad: Los VMP deberán contar con catadióptricos frontales (de color blanco), en ambos laterales (de color blanco o color amarillo auto) y traseros (de color rojo). La luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.

    Sistema de frenado. Deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración de al menos 3,5 m/s2. Asimismo, los vehículos de más de dos ruedas deberán estar equipados con un freno de estacionamiento.

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    Indicador de información visible en el que conste tanto la velocidad a la que se circula como el nivel de batería.

    Los VMP para transporte de mercancías u otros servicios deberán llevar reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, en aristas y vértices de la carga, que permitan señalizar y distinguir en situaciones de baja visibilidad.

    Deberán de estar equipados estar equipados con un avisador acústico y con un sistema de estabilización en aparcamiento, para los VMP de menos de tres ruedas (pata de cabra lateral o caballete central).

     

    Moratoria hasta 2027

    Los patinetes y monociclos eléctricos que no cuenten con certificado y que hayan sido vendidos con anterioridad al 22 de enero de 2024 disponen de una moratoria de uso hasta el 22 de enero de 2027. A partir de ese día, estos vehículos tendrían prohibido la circulación por la vía pública.

     

     

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